Plantas medicinales: Mitos y verdades sobre una fuente natural de recursos terapéuticos.

Flavia A. Turano, Viviana N. Cambi

Resumen


La OMS reconoce que el 80% de la población mundial recurre a la medicina tradicional para el cuidado de la salud. Debido al aumento del consumo en los últimos años de las plantas medicinales, a la creencia de que las mismas son inocuas por ser naturales y a los escasos controles existentes en el país sobre su comercialización, se propone informar sobre las características de su uso, condiciones de calidad, toxicidad y legislación vigente a fin de que los profesionales integrantes de los equipos de salud contribuyan a asegurar un uso racional de las hierbas medicinales.

 


Palabras clave


plantas medicinales; toxicidad; legislación

Texto completo:

115-119

Referencias


OMS. Estrategias de la OMS sobre medicina tradicional 2002-2005. Ginebra, 2002; 1-78.

Pochetino ML, Martinez MR, Itten B, Zucaro M. El uso de plantas medicinales en la atención primaria de la salud: estudio etnobotánico en una población urbana (Pdo. La Plata, Prov. Buenos Aires, Argentina). Parodiana 1997; 10:141-152.

Bennett B, Prance G. Introduced plants in the indigenous pharmacopeia of northern South America. Econ Bot 2000; 54:90-102.

Cambi V, Hermann P. El expendio de hierbas medicinales en el partido de Bahía Blanca, Argentina. Acta Farm Bonaerense 2001; 20:33-7.

Cambi V, Hermann P, Bontti E, Haussaire M, Sánchez D. The use of medicinal plants in Bahia Blanca, Argentina. Acta Hort 1999; 501:57-61.

Hermann P, Cambi V, Bontti E, Haussaire M, Sánchez D. El uso de plantas medicinales en Bahía Blanca, Argentina (Parte II). Bol Soc Arg Bot 2001; 36:161-170.

Consolini AE, Ragone MI, Tambussi A, Paura A. Estudio observacional del consumo de plantas medicinales en la provincia de Buenos Aires, Argentina, en el período diciembre de 2004-noviembre 2005. Lat Am J Pharm 2007; 26:924-36.

Tres JC. Interacción entre fármacos y plantas medicinales. Anales Sis San Navarra [online] 2006; 29:233-52.

Alonso J, Desmarchelier C. Plantas Medicinales Autóctonas de la Argentina: bases científicas para su aplicación en atención primaria de la salud. Editorial Fitociencia, Buenos Aires, 2006; pp. 127-35, 409-36,499-07, 625-27.

Mutti OA. Intoxicación por plantas de la Medicina Popular. Enfoque multidisciplinario. Boletín de Farmacoterapéutica y Toxicología 2002; 9:16-22.

Guerrero Fernández J, Tagarro García A, Valle Sánchez A, García S. Nueve casos de intoxicación por anís estrellado. Rev Esp Pediatr 2002; 58:11-14.

Madurga Sanz M. Anís estrellado, ¿una planta medicinal inocua?. Revista Pediatría de Atención Primaria 2002; 4:105-14.

OMS. Directrices de la OMS sobre buenas prácticas agrícolas y de recolección (BPAR) de plantas medicinales. Ginebra, 2003; 1-87.

Evans WC. Trease y Evans Farmacognosia. Editorial Interamericana McGraw-Hill, México, 1991; pp. 431-35.

Ministerio de Salud y Acción Social. Especialidades Medicinales. Resolución 144/98. Normas reglamentarias que contemplen la importación, elaboración, fraccionamiento, depósito, comercialización y publicidad de drogas vegetales, medicamentos fitoterápicos y las personas físicas y jurídicas que intervengan en dichas actividades.

ANMAT. Especialidades Medicinales. Disposición 2671/99. Normas para la habilitación de establecimientos elaboradores, envasadores/fraccionadores e importadores de Medicamentos Fitoterápicos.

ANMAT. Especialidades Medicinales. Disposición 2672/99. Guía de Buenas prácticas de fabricación y Control para productos Fitoterápicos.

Boletín Oficial Nº 29.162 1º Sección. Lunes 7 de junio de 1999. Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Especialidades Medicinales. Disposición 2673/99. Normas para la implementación del Registro de Medicamentos Fitoterápicos.

ANMAT. Especialidades Medicinales. Disposición 1788/2000. Listado de drogas vegetales que deben excluirse como constituyentes de Medicamentos Fitoterápicos, en razón de que poseen efectos tóxicos para los seres humanos, por sí mismas o por la forma de administración.

ANMAT. Suplementos Dietarios. Disposición 1637/2001. Listado positivo de hierbas y otros materiales de origen vegetal que podrán utilizarse como ingredientes en la composición de suplementos dietarios. Listados de hierbas cuyo uso se encuentra prohibido en la composición de los mencionados productos.

Código Alimentario Argentino. Suplementos Dietarios. Articulo 1381 - (Res MSyAS Nº 074, 5.02.98)

Garcia González M, Cañigueral S, Gupta MP. Legislación en Iberoamérica sobre fitofármacos y productos naturales medicinales. Revista de Fitoterapia 2004; 4:53-62.

Arenas PM. Suplementos dietéticos: estudio etnobotánico en zonas urbanas. Kurtziana 2007; 33:193-02.

Turano FA, Cambi VN. Control de Calidad de Mezclas de Hierbas Medicinales que se Comercializan como Adelgazantes y/o Reductoras en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, Argentina. Lat Am J Pharm 2009; 28:10-8.

Alza NP, Cambi VN. Control de Calidad de Mezclas de Drogas Vegetales Comercializadas como Sedantes en Bahía Blanca, Argentina. Lat Am J Pharm 2009, 28: 560-7.

Romio E, Gurni AA. Control de calidad de muestras comerciales rotuladas como «pañil» o «matico». Bol Latinoam Caribe Plant Med Aromáticas 2007; 6:382-383.

Speroni M, Silberman P, López S et al. Uso de medicinas alternativas en pacientes adultos del Seguro Municipal de salud de Bahía Blanca. Archivos de medicina familiar y General 2004; 1:24-8.

Franco JA, Pecci C. La relación médico-paciente, la medicina científica y las terapias alternativas. Medicina 2002; 62:111-8.


Enlaces refback



Copyright (c) 2019 Flavia A. Turano, Viviana N. Cambi



Asociación Médica de Bahía Blanca - Castelli 213 - B8000AIE Bahía Blanca - Buenos Aires - Argentina - https://www.ambb.org.ar